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Medicare en Puerto Rico: cómo inscribirse a tiempo en la Parte B

Escrito por Equipo Editorial de Escoge Medicare

¿Es este artículo para usted?

Si usted vive en uno de los 50 estados y ya recibe el Seguro Social, la Parte B suele empezar sola; consulte nuestro artículo sobre la multa de la Parte B.

En Puerto Rico, la Parte B no empieza sola, aunque usted ya reciba el Seguro Social. Usted debe inscribirse durante su Período de Inscripción Inicial de 7 meses, alrededor de sus 65 años. Si se inscribe a tiempo, evita la multa por inscripción tardía de la Parte B.

Puntos clave

  • La Parte A suele empezar sola en Puerto Rico si usted ya recibe beneficios del Seguro Social o de la Junta de Retiro Ferroviario.
  • La Parte B no. Usted tiene que pedírsela al Seguro Social.
  • Su primera oportunidad dura 7 meses: los 3 meses antes del mes en que cumple 65, ese mes y los 3 meses después.
  • La multa de la Parte B suma un 10% por cada período completo de 12 meses en que pudo tener la Parte B y no la tuvo. Se paga mientras tenga la Parte B.
  • Si usted o su cónyuge tienen seguro médico por un trabajo actual, por lo general puede esperar sin multa.
7 meses
Su Período de Inscripción Inicial para inscribirse en la Parte B alrededor de sus 65 años
Fuente: medicare.gov
En Puerto Rico este período pasa sin Parte B a menos que usted la pida.

¿Por qué la Parte B no empieza sola aquí?

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La tarjeta de Medicare que llega por correo puede cubrir solo la Parte A; léala con calma.

Medicare trata a Puerto Rico de forma distinta a los 50 estados en cuanto a la Parte B. En los estados, quien ya recibe el Seguro Social queda inscrito en la Parte A y en la Parte B. En Puerto Rico, queda inscrito solo en la Parte A.

La Parte B es el seguro médico. Ayuda a pagar visitas al médico, atención ambulatoria, pruebas y equipo médico. Para tenerla hace falta un paso aparte: usted debe decirle al Seguro Social que la quiere. Si no hace nada, no tendrá la Parte B.

Esto sorprende a muchas personas. Llega la tarjeta roja, blanca y azul de Medicare y piensan que ya tienen toda la cobertura. Revise su tarjeta. Si solo dice Hospital (Part A), usted todavía no tiene la Parte B.

¿La Parte A empieza sola en Puerto Rico?

Parte A (hospital)Parte B (médico)
¿Empieza sola en Puerto Rico?Sí, si recibe beneficiosNo, debe inscribirse
¿A quién contacta?Nadie, si es automáticaAl Seguro Social
Riesgo de multaSolo si compra la Parte A10% por cada 12 meses completos
La parte que requiere un paso suyo es también la que tiene una multa duradera.

Sí, para la mayoría de las personas que ya reciben beneficios. Si usted recibe beneficios del Seguro Social o de la Junta de Retiro Ferroviario al menos 4 meses antes de cumplir 65, la Parte A empieza el primer día del mes de su cumpleaños. La tarjeta le llega por correo unos 3 meses antes.

Si todavía no recibe beneficios, nada empieza solo. Usted debe inscribirse en la Parte A y en la Parte B por medio del Seguro Social.

Parte A (hospital)Parte B (médico)
¿Empieza sola en Puerto Rico?Sí, si ya recibe beneficiosNo, debe inscribirse
Prima mensual en 2026$0 para la mayoría$202.90 estándar
Deducible en 2026$1,736 por período de beneficios$283 al año
Multa por inscripción tardíaSolo si debe comprar la Parte A10% por cada 12 meses completos

La conclusión: la Parte A casi nunca requiere un paso suyo, pero la Parte B siempre lo requiere. Estas cifras de 2026 se fijan cada año y pueden cambiar. La mayoría no paga prima de la Parte A porque trabajó 40 trimestres o más, como explica Prima de la Parte A y créditos de trabajo: quién paga y quién no.

¿Cuándo puede inscribirse en la Parte B?

  1. 3 meses antes del mes de su cumpleaños
    Mes 1 – Mes 3
    Si se inscribe aquí, la Parte B puede empezar el mes de su cumpleaños
  2. Mes de su cumpleaños
    Mes 4
    La Parte B empieza el mes siguiente
  3. 3 meses después del mes de su cumpleaños
    Mes 5 – Mes 7
    La Parte B empieza el mes después de inscribirse
  4. Período de Inscripción General
    1 de enero – 31 de marzo
    Opción posterior; puede aplicar una multa
Inscribirse temprano evita un tiempo sin Parte B después de cumplir 65.

Su primera oportunidad es el Período de Inscripción Inicial. Dura 7 meses. Empieza 3 meses antes del mes en que cumple 65, incluye el mes de su cumpleaños y termina 3 meses después.

Por ejemplo, si usted cumple 65 en junio, su período va del 1 de marzo al 30 de septiembre.

Si puede, inscríbase en los primeros 3 meses. Así la Parte B puede empezar el primer día del mes de su cumpleaños. Si se inscribe en el mes de su cumpleaños o después, la Parte B empieza el primer día del mes siguiente.

Si deja pasar ese período y no tiene seguro por un trabajo actual, su siguiente oportunidad es el Período de Inscripción General, del 1 de enero al 31 de marzo. La Parte B empieza entonces el primer día del mes después de inscribirse. Puede aplicar una multa.

¿Cómo funciona la multa de la Parte B?

MultaSuma a la prima estándar de 2026
1 año completo de retraso10%unos $20.29 al mes
2 años completos de retraso20%unos $40.58 al mes
3 años completos de retraso30%unos $60.87 al mes
La multa se suma cada mes mientras tenga la Parte B, y sube cuando sube la prima.

La multa suma un 10% a su prima de la Parte B por cada período completo de 12 meses en que pudo tener la Parte B y no la tuvo. Usted la paga mientras tenga la Parte B.

Veamos un caso. Suponga que espera 2 años completos sin seguro de un trabajo actual. Su multa es del 20%. En 2026, el 20% de la prima estándar de $202.90 son unos $40.58. Usted pagaría unos $243.48 al mes en lugar de $202.90.

La prima estándar se fija cada año, así que la cantidad de la multa cambia con ella. Puede leer más en Multa por inscripción tardía en la Parte B: cálculo y cómo evitarla.

¿Puede retrasar la Parte B si sigue trabajando?

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El seguro de un trabajo actual le permite esperar; COBRA y el seguro de jubilado no.Foto: vijesh vijayan / pexels

Sí, si usted o su cónyuge siguen trabajando y tienen un plan de salud de grupo por ese empleo. Usted puede esperar para tener la Parte B, sin multa, mientras dure esa cobertura.

Cuando termine el empleo o la cobertura, lo que ocurra primero, usted tiene un Período de Inscripción Especial (una oportunidad para inscribirse fuera de las fechas usuales). Dura 8 meses. Si se inscribe en ese tiempo, no se aplica multa de la Parte B.

Algunas coberturas no cuentan. COBRA (el seguro que conserva por un tiempo después de dejar un empleo) y el seguro de jubilado no son cobertura por un trabajo actual. No espere a que terminen para inscribirse. Para más detalles, vea ¿Sigue Trabajando a los 65? Cuándo Puede Retrasar Medicare.

¿Cómo se inscribe en la Parte B?

  • Revise si su tarjeta muestra la Parte B
    Si solo aparece la Parte A, todavía debe inscribirse
  • Llene el formulario CMS-40B
    La solicitud de inscripción en la Parte B
  • Agregue el CMS-L564 si terminó el seguro de su empleo
    Lo llena su empleador
  • Comuníquese con el Seguro Social
    En línea, por teléfono o en una oficina local
  • Guarde copias y fechas
    Prueba de cuándo hizo la solicitud
Sus copias con fecha son su prueba si el Seguro Social pregunta luego cuándo se inscribió.

Usted se inscribe por medio del Seguro Social, no con una compañía de seguros privada. Puede hacerlo de tres maneras:

  • En línea en ssa.gov/medicare.
  • Por teléfono al Seguro Social, 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).
  • En persona en una oficina local del Seguro Social en Puerto Rico.

El formulario es el CMS-40B, la solicitud de inscripción en la Parte B. Si se inscribe después de que termine la cobertura de su empleo, también envíe el CMS-L564. Su empleador lo llena para mostrar las fechas en que usted tuvo esa cobertura.

Guarde una copia de todo lo que envíe. Anote la fecha y el nombre de cada persona con quien hable. Ese registro le sirve si más adelante surge una pregunta sobre sus fechas.

¿Qué debe revisar después de inscribirse?

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La fecha de inicio de su Parte B también abre su Período de Inscripción Abierta de Medigap, que ocurre una sola vez.Foto: Matheus Alves / pexels

Espere una carta del Seguro Social con la fecha de inicio de su Parte B. Una nueva tarjeta de Medicare mostrará Medical (Part B) y su fecha de inicio.

Por lo general, la prima de la Parte B se descuenta de su pago del Seguro Social. Si todavía no recibe beneficios, Medicare le envía una factura.

Con la Parte A y la Parte B, usted puede quedarse en Medicare Original o unirse a un plan Medicare Advantage. Necesita ambas partes para unirse a un plan Medicare Advantage. Los planes, costos y redes varían según la compañía y la ubicación, y el Buscador de planes de Medicare.gov muestra los planes de su zona.

Si desea una póliza Medigap (un seguro que ayuda a pagar costos que Medicare Original no paga), las fechas importan. Su Período de Inscripción Abierta de Medigap, de 6 meses y una sola vez, empieza el mes en que usted tiene 65 años o más y está inscrito en la Parte B. Si retrasa la Parte B, también retrasa ese período.

¿Tiene preguntas? Llame al 1-844-372-6633 para hablar con un agente de seguros con licencia. Usted nunca le paga al agente; le pagan los planes que representa, y la decisión es suya.

No ofrecemos todos los planes disponibles en su área. Comuníquese con Medicare.gov o 1-800-MEDICARE para obtener información sobre todas sus opciones. Medicare no ha revisado ni respaldado esta información.

Qué hacer esta semana

  1. Busque su tarjeta de Medicare y revise si muestra Medical (Part B) con una fecha de inicio.
  2. Anote el mes en que cumple 65 y marque en un calendario los 3 meses antes y los 3 meses después.
  3. Si usted o su cónyuge siguen trabajando, pida por escrito a la oficina de beneficios del empleador que confirme que su seguro es por un empleo actual.
  4. Inscríbase en la Parte B con el Seguro Social en línea en ssa.gov/medicare o llamando al 1-800-772-1213.
  5. Guarde una copia de su formulario CMS-40B, y del CMS-L564 si terminó la cobertura de su empleo, y anote la fecha en que los envió.

Un ejemplo real

Carmen, 64 años, vive en Caguas y recibe el Seguro Social desde que se jubiló a los 62. Cumple 65 en mayo de 2027, así que su Período de Inscripción Inicial va del 1 de febrero al 31 de agosto de 2027. En febrero le llega su tarjeta de Medicare. La revisa y ve solo Hospital (Part A), con fecha de inicio del 1 de mayo. Carmen no tiene seguro por un trabajo actual, así que esperar no la protegería de la multa del 10%. Esa misma semana llama al Seguro Social al 1-800-772-1213 y pide inscribirse en la Parte B. Envía el formulario CMS-40B y guarda una copia con la fecha. En abril recibe una carta que confirma que su Parte B empieza el 1 de mayo de 2027, el mismo día que su Parte A. Su nueva tarjeta muestra ambas partes, y luego abre el Buscador de planes de Medicare para comparar sus opciones.

Aviso de Medicare

No ofrecemos todos los planes disponibles en su área. Comuníquese con Medicare.gov o 1-800-MEDICARE para obtener información sobre todas sus opciones. Medicare no ha revisado ni respaldado esta información.

Preguntas frecuentes

¿Recibo la Parte B automáticamente si vivo en Puerto Rico?

No. En Puerto Rico, quien ya recibe beneficios del Seguro Social o de la Junta de Retiro Ferroviario queda inscrito automáticamente en la Parte A, pero no en la Parte B. Usted debe inscribirse en la Parte B por medio del Seguro Social.

¿Cuándo debo inscribirme en la Parte B en Puerto Rico?

Durante su Período de Inscripción Inicial de 7 meses: los 3 meses antes del mes en que cumple 65, ese mes y los 3 meses después. Si se inscribe en los primeros 3 meses, la Parte B puede empezar el primer día del mes de su cumpleaños.

¿Cuánto es la multa por inscripción tardía de la Parte B?

Suma un 10% a su prima de la Parte B por cada período completo de 12 meses en que pudo tenerla y no la tuvo, y se paga mientras tenga la Parte B. Por ejemplo, 2 años de retraso son un 20%, unos $40.58 además de la prima estándar de 2026 de $202.90; la prima se fija cada año.

¿Puedo esperar para tener la Parte B si sigo trabajando?

Sí, si usted o su cónyuge tienen un plan de salud de grupo por un trabajo actual. Cuando termine ese empleo o esa cobertura, tiene un Período de Inscripción Especial de 8 meses para inscribirse sin multa. COBRA y el seguro de jubilado no cuentan como cobertura por un trabajo actual.

¿Cómo sé si tengo la Parte B?

Revise su tarjeta de Medicare. Muestra Hospital (Part A) y, si la tiene, Medical (Part B) con una fecha de inicio. Si solo aparece la Parte A, usted todavía no tiene la Parte B.

¿Qué pasa si dejé pasar mi período de inscripción?

Si no tiene seguro por un trabajo actual, puede inscribirse durante el Período de Inscripción General, del 1 de enero al 31 de marzo. La Parte B empieza el primer día del mes después de inscribirse, y puede aplicar una multa por inscripción tardía.

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